¿Tus tías y abuelas te han obligado a participar en tandas? Si en tu cultura no se oye esa palabra te explicaré a continuación: Amigos y familiares deciden aportar periódicamente una cantidad fija de dinero de tal manera que en algún momento cada miembro de la “tanda” pueda recibir las aportaciones del grupo. En lo personal nunca he ingresado a una debido a que he conocido diversos casos en el que los primeros “números” (o turnos para recibir el dinero de todos) se salen de la “tanda” una vez que reciben su pago, dejando en serios apuros al organizador de la “tanda”.
En México las tandas suelen ser la segunda causa de conflictos entre tías, sobrinos y primos, después de las peleas por la herencia del abuelo. La confianza entre participantes de la tanda es importantísima para continuar con el rol.
En México y en otras latitudes han cobrado mayor importancia las plataformas digitales que ofrecen opciones de inversión, como puede ser el crowdfunding y servicios de fondo de pago electrónicos, a los que en conjunto se les ha denominado Fintech. Fintech en términos muy simplificados y conforme a las leyes mexicanas consiste en servicios financieros ofrecidos por instituciones de tecnología financiera.
La confianza y la reputación son los pilares del mundo de las inversiones, si una de las dos hace falta se corre el gravísimo riesgo de perder el capital total o parcialmente. En años recientes, algunos que invirtieron a través de estas plataformas se expusieron a que si su capital invertido se perdía, la empresa Fintech se escapaba gateando por debajo de la mesa argumentando haber servido únicamente como intermediaria o enlace con el proyecto que fue el destino final de los fondos aportados. Estoy seguro que algún apreciable lector ya ha invertido en estas opciones con resultados satisfactorios, mientras que a otros simplemente no tuvieron a quién reclamar la devolución de su dinero. Afortunadamente, el legislador mexicano se percató de los abusos cometidos por empresas Fintech engañosas (porque no todas son así), y por ello creó la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
En esta ley se establece que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores es la autoridad encargada de conceder autorización a las empresas Fintech para que puedan ofrecer sus servicios en apego a la ley multicitada en este artículo. En la solicitud de dicha autorización se debe proporcionar información y documentación que permita identificar a los administradores únicos, consejeros o directores generales de la compañía Fintech que solicita la autorización, de tal manera que no está permitido que una Fintech opere bajo el anonimato de sus administradores.
Como un candado de seguridad adicional, en la OCTAVA Disposición Transitoria de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera se impone a la Fintech cuya autorización se encuentra en trámite aun no resuelto la obligación de apercibir expresamente sobre esta situación en su página de internet y advertir a sus inversores que sus operaciones no están supervisadas por las autoridades mexicanas. Esto es muy importante debido al incremento de páginas que se ostentan como Fintech sin ni siquiera haber dado una hojeadita a dicha disposición transitoria que a continuación citaré:
OCTAVA.- “Las personas que a la entrada en vigor del presente ordenamiento se encuentren realizando las actividades reguladas en esta Ley deberán dar cumplimiento a la obligación de solicitar su autorización ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en los términos en que se establezca en las disposiciones de carácter general que para tal efecto se emitan, en un plazo que no exceda de doce meses contado a partir de la entrada en vigor de estas disposiciones. Dichas personas podrán continuar realizando tales actividades hasta en tanto la Comisión Nacional Bancaria y de Valores resuelva su solicitud, pero hasta en tanto no reciban la autorización respectiva deberán publicar en su página de internet o medio que utilice que la autorización para llevar a cabo dicha actividad se encuentra en trámite por lo que no es una actividad supervisada por las autoridades mexicanas. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores denegará la autorización cuando las personas respectivas incumplan la obligación de publicación señalada en este párrafo”.
Si tienes dudas sobre el funcionamiento legal de la Fintech en la que deseas invertir (lo cual no te estoy recomendando, será tu decisión y bajo tu responsabilidad si lo haces), da una vuelta por la página de internet de dicha entidad, y si no encuentras ninguna referencia a dicha autorización de la CNBV, ten por seguro de que te encuentras frente a un estafador.
¿Quieres otro tip para identificar a una Fintech “patito”?: Si su creación es reciente, no puede ostentarse como una Fintech regulada, puesto que el artículo 39 en su fracción XI de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera obliga a que la solicitud de autorización debe ir acompañada de los estados financieros correspondientes a los últimos 3 años de operación, requisito que quien acaba de crear su plataforma barata jamás podrá cumplir.
Con este artículo no pretendo recomendar las Fintech como una modalidad de inversión, ni pretendo brindarte una asesoría sobre planes de inversión porque no cuento con autorización de la CNBV. En ejercicio de mi derecho humano a la libertad de expresión y como buen amigo tuyo únicamente te expongo las pautas que da la ley para detectar a un estafador dentro del mundo de las Fintech.
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