“¡Qué rápido pasa el tiempo los domingos de fiesta! Pero qué lento corre cuando hay que trabajar en la oficina”. No por nada el tío Einstein propuso en su Teoría de la Relatividad, que la velocidad de la luz es la única constante, el tiempo no lo es. Y esto es comprobable con las modificaciones que se han hecho a nuestros relojes por disposición gubernamental.
He escuchado a muchas personas quejarse del horario de verano que ya pronto entrará en la madrugada de este domingo 7 de abril de 2019, pidiendo a gritos que se elimine para que solo quede “el horario de Diosito”, como dicen las abuelitas, el horario que está vigente antes de dicha fecha. Y han surgido fuertes rumores de que el horario seguirá siendo el mismo, que el Presidente de la República ya eliminó “el horario del hombre” (el de verano).
Para matar la duda de forma contundente, basta con echarle un ojito a la página del Diario Oficial de la Federación y en ninguna de sus páginas encontraremos algún decreto que abrogue (o elimine, traducción al buen español de los contadores) dicho horario de verano. Es decir, se necesita otro decreto que abrogue el que publicó el Presidente Ernesto Zedillo que impuso el horario de verano en México. Y si no está en el Diario Oficial de la Federación, aunque se publique en las historietas de la Pequeña Lulú y en las cajas de cereal, la eliminación del horario de verano será solo un rumor, un chisme de lavadero.
¿Y sobre las horas hábiles?
Y ya que estamos hablando de horarios ¿has visto un detalle sobre la hora en las notificaciones electrónicas? Algo que, si eres abogado fiscalista quizás te llame la atención.
¿Has recibido resoluciones a través del buzón tributario? Es detallada la forma en que en ellas se plasma la hora y minuto de la notificación; pero aparece otro dato interesante: El huso horario bajo el cual se hace la notificación. Te muestro un ejemplo:
“Siendo las 15 horas con 40 minutos, hora de la Zona Centro de México, del día 29 de marzo de 2019…”.
Descarga la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos y revisa el artículo 3.
Artículo 3. “Para el efecto de la aplicación de esta Ley, se establecen dentro del territorio nacional las siguientes zonas y se reconocen los meridianos que les correspondan:
I. Zona Centro: Referida al meridiano 90 grados al oeste de Greenwich y que comprende la mayor parte del territorio nacional, con la salvedad de lo establecido en los numerales II, III, IV y V de este mismo artículo;
II. Zona Pacífico: Referida al meridiano 105 oeste y que comprende los territorios de los estados de Baja California Sur; Chihuahua; Nayarit, con excepción del municipio de Bahía de Banderas, el cual se regirá conforme a la fracción anterior en lo relativo a la Zona Centro; Sinaloa y Sonora;
III. Zona Noroeste: Referida al meridiano 120 oeste y que comprende el territorio del Estado de Baja California;
IV. Zona Sureste: Referida al meridiano 75 oeste y que comprende el territorio del Estado de Quintana Roo, y (…)”.
Si recuerdas, el artículo 13 del Código Fiscal de la Federación te muestra el lapso de tiempo considerado como horas hábiles para que la autoridad fiscal practique diligencias, a saber de 7:30 horas (hora en la que muchos apenas y vamos por el tercer sueño) y las 18:00 horas (la hora de las churrunovelas o del primer chesco del viernes social).
Pero ¿Qué crees? Cuando se practican notificaciones por la vía personal no se precisa ni la zona ni el meridiano correspondiente para establecer la hora. Si te notifican un viernes a las 17:40 horas sin precisar bajo qué zona horaria, puede existir la gran duda si se trata de horas hábiles. Esa misma hora puede ser hábil para la zona Centro, pero en ese mismo momento puede ser inhábil para la zona Sureste. No existe la certeza de que la diligencia se haya prácticado en horas hábiles, y si cayó fuera de estas, tampoco se justifica exhaustivamente el porqué se está molestando al contribuyente en horas de su churrunovela favorita.
Las notificaciones electrónicas ya incluyen el dato de la zona horaria bajo la cual se practicó la diligencia… ¿será que sin querer queriendo ya nos dieron un agravio chévere? Tal vez tú como abogado fiscalista, defensor de los contribuyentes y contadores puros e inocentes, puedas aprovechar esto y pulir para notificaciones por la vía personal. Mientras tanto ¡Adelanta tu reloj una hora para este domingo!