Manejar una cuenta bancaria requiere de disciplina, más que la atención que pusiste a tus clases de manejo. Si no sabes controlar tus movimientos bancarios, si eres un cuentahabiente irresponsable, te vas a meter en graves aprietos con la autoridad fiscal.
¿Por qué te digo que debes tener disciplina al usar una cuenta bancaria? Hay personas que tienen una “cuentita personal” para esconder ingresos a la autoridad fiscal, o que su cuenta es familiar porque ahí le depositan a tus tíos, sobrinos y hasta a tu gato, y todo depósito es a tu nombre.
Si te encuentras en alguna de las situaciones anteriores, ¡pon orden a tu cuenta bancaria! Todo pesito que circula en los bancos es detectado por la autoridad fiscal.
Algún novato te dirá: “¿Cómo puede ser posible que el mismo banco sea soplón y delate a sus propios clientes? El banco no se atrevería a denunciar a este cliente VIP con $500.00 en su cuenta”. Pues sí, el banco te delatará y no se tocará el corazón por informar al Servicio de Administración Tributaria sobre tus movimientos bancarios cuando esta autoridad se los solicite. Y si no me crees, échale un vistazo al artículo 22 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020.
Artículo 22. “La Comisión Nacional Bancaria y de Valores sancionará a las entidades financieras por el incumplimiento de los plazos para la atención de los requerimientos de información, documentación, aseguramiento, desbloqueo de cuentas, transferencia o situación de fondos formulados por las autoridades competentes, con una multa administrativa del equivalente en moneda nacional de 1 hasta 15,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, con base en los criterios que se establezcan para tal efecto, los cuales podrán considerar, entre otros, los días de atraso en la atención de los requerimientos, la gravedad de los delitos a los que, en su caso, se refieran los requerimientos que se hubieran incumplido, o la probable afectación de los intereses patrimoniales de los clientes o usuarios de los servicios financieros.
Las infracciones a las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y, en su caso, financiamiento al terrorismo, cometidas por las entidades financieras, centros cambiarios, transmisores de dinero, sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas y asesores en inversiones, serán sancionadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con multa del 10 por ciento al 100 por ciento del monto del reporte de la operación inusual que no se hubiera enviado, del 10 por ciento al 100 por ciento del monto del acto, operación o servicio que se realice con un cliente o usuario de la que se haya informado que se encuentra en la lista de personas bloqueadas conforme a las disposiciones señaladas anteriormente, o bien con multa equivalente en moneda nacional de 10 hasta 100,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, en el caso de cualquier otro incumplimiento a las referidas disposiciones”.
Si eres descuidado en tu situación fiscal y la autoridad solicita al banco información sobre tu cuenta bancaria, el banco no se arriesgará a ser multado por ocultar la información de tu cuenta “personal” con $200.00 o las remesas enviadas a toda tu familia.
Establece estas reglas:
- En mi cuenta bancaria solo ingresará dinero que haya ganado yo mismo.
- Todo ingreso a mi cuenta bancaria lo informaré a la autoridad tributaria y pagaré los impuestos correspondientes. Incluiré las “cuentitas personales” en dicha declaración.
¡Quiérete mi rey, mi reina! Usa con responsabilidad tu cuenta bancaria.