Vivo en una zona donde hace muchísimo calor. Tenía ganas de un refresquito negro y se me ocurrió entrar a una tienda grandecita, una de tantas de una cadena trasnacional, y como tenía un montón de moneditas de 20 centavos las junté y con ellas intenté pagar mi refresquito. Pero la de la caja se negó aceptar el pago. Eso sí, a sus clientes les devolvían cambio con montones de esas moneditas.
Si tú también crees que las moneditas de 5, 10 y 20 centavos no sirven ni para comprar chicles de los que te pintan los dientes, estás en un error. Si eres empresario, no caigas en la equivocación de no pagar ni recibir pagos con estas chiquitinas. Mira lo que dice la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 2° inciso b, primer párrafo, la cual ayuda a entender si lo chiquito quita lo valiente de estas moneditas:
Artículo 2º.- “Las únicas monedas circulantes serán:
(…)
b). Las monedas metálicas de cincuenta, veinte, diez, cinco, dos y un pesos, y de cincuenta, veinte, diez, y cinco centavos, con los diámetros, composición metálica, cuños y demás características que señalen los decretos relativos”.
Sí, esas moneditas que le das a tus sobrinitos para que jueguen a los tazos sí tienen valor monetario.
Si la ley es clara al decir que las moneditas de 5, 10 y 20 centavos son válidas y cuentan con su bendición ¿por qué se rechazan en los establecimientos? No es del todo culpa de los comerciantes y empresarios. Recuerda que la pérdida de poder adquisitivo de la moneda (lo que humanamente le llamamos “inflación”) ha hecho que la moneda de a un peso ya no te alcance ni para un chicle. Tú de niño le pedías a tus jefes centavos para ir a la tienda, hoy ya necesitas darle un billete a tu pequeño para una bolsa rellena de papas y el doble de aire.
Los centavos ya no alcanzan para comprar cosas, necesitas varias de estas piezas para contar con cierto monto. Es lo que el empresario ya no quiere, manejar tanta chiquitera. Pero la costumbre no tiene fuerza para justificar la desobediencia de una ley.
Así que quítale las moneditas de centavos a tus sobrinitos, que sirven para comprar y no para jugar a los tazos. La ley te permite su uso, solo cuida que el monto pagado no supere los montos estipulados en la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para hacer deducible el concepto que pagas.